Una Resolución de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria, Sunat, entró en vigor el pasado 2 de mayo del 2023, señalando que el establecimiento autorizado emite las constancias Tax Free a través del sistema informático, el cual genera un código que las identifica una vez que aquel culmina con el ingreso de la información respectiva en el formulario virtual que se encuentra disponible en dicho sistema.
También queda establecido que el turista, que a la fecha de su salida del Perú no haya superado el tiempo autorizado de permanencia en el país para ser calificado como tal, puede iniciar el procedimiento ante la entidad colaboradora para solicitar la devolución del IGV que haya gravado sus adquisiciones de bienes realizadas, durante dicho tiempo, en los establecimientos autorizados.
La solicitud del reembolso
De acuerdo con la normativa, para solicitar a la Sunat el reembolso de los importes, la entidad colaboradora debe presentar el Formulario Virtual Nº 1649 – Solicitud de devolución, a través de Sunat Virtual, utilizando su código de usuario y la clave SOL en Sunat Operaciones en Línea. A la solicitud de reembolso se adjunta la liquidación.
Una vez presentada la solicitud de reembolso, Sunat Operaciones en Línea genera de manera automática una constancia de presentación, la cual puede ser impresa.
‘Se puede presentar la solicitud de reembolso hasta en dos oportunidades por mes. En caso se opte por presentar dos solicitudes de reembolso al mes, la segunda solicitud se presenta luego de que hayan transcurrido, como mínimo, quince días calendarios de presentada la primera solicitud’, se indica.
Una vez presentada la solicitud de reembolso, Sunat Operaciones en Línea genera de manera automática una constancia de presentación, la cual puede ser impresa.
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