viernes, 28 de enero de 2022

España solo aceptará a viajeros argentinos vacunados

España nuevamente introduce cambios en las normas de ingreso desde Argentina. (España restringe el ingreso de los turistas argentinos) En esta última disposición publicada el 27 de enero queda establecido que sólo pueden ingresar por motivos turísticos quienes cuenten con esquema de vacunación completo, con al menos la última dosis de una de las vacunas aceptadas por la OMS, a saber: Pfizer-Biontech, Moderna, Astra-Zeneca, Jansen/Johnson&Johnson, Sinovac y Sinopharm.

A partir del 1 de febrero de 2022, se necesitará que hayan transcurrido un mínimo de 14 días desde la última dosis y que no hayan transcurrido más de 270 días desde la fecha de administración desde la última dosis.

En caso de no estar vacunados sólo podrán ingresar por motivos excepcionales; residentes en la UE, Profesionales de la salud, personal aeronáutico, Personal diplomático, estudiantes con visado correspondiente, trabajadores cuya labor sea necesaria justificada documentalmente, participantes en pruebas deportivas de alto nivel que tengan lugar en España. justificado documentalmente, motivos familiares imperativos debidamente acreditados y personas que acrediten documentalmente motivos de fuerza mayor, cuya entrada se permita por motivos humanitarios

 Los viajeros que se encuentren en alguna de las situaciones excepcionales enumeradas y no dispongan de certificado de vacunación, deberán presentar el certificado de diagnóstico o el certificado de recuperación.

En todos los casos todos los pasajeros deberán además presentar Formulario de Control Sanitario (FCS) disponible  en Spain Travel Health (SpTH).

 Estos requisitos se revisan cada 15 días en función a la situación epidemiológica de cada destino/región. Los agentes de viajes y profesionales del sector pueden consultar el microsite Travel Safe de la web oficial de turismo spain.info lanzado a los fines de actualizar las medidas y proveer consejos antes, durante y después del viaje a España en el contexto de pandemia.

https://www.reportur.com/

1 comentario:

  1. Los viajeros que se encuentren en alguna de las situaciones excepcionales enumeradas y no dispongan de certificado de vacunación, deberán presentar el certificado de diagnóstico o el certificado de recuperación.

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