martes, 12 de abril de 2016
Operadores turísticos podrán mantener el 40 por ciento de las divisas
Los operadores turísticos podrán recibir divisas y conservar hasta un 40 por ciento del monto, según el convenio cambiario número 36 publicado en la Gaceta Oficial.
La normativa señala que los operadores deberán vender el 60 por ciento restante al emisor e informar casa mes de las transacciones que realicen.
Según el convenio cambiario, el Gobierno autorizó a los hoteles, transporte, agencias de viajes y mercancías para la venta a pasajeros en tránsito en las tiendas de los sitios Duty Free.
A continuación el texto completo de convenio 36:
Convenio Cambiario N° 36
Capítulo I
Disposiciones Generales
Artículo 1. Las presentes normas regulan lo relativo a las operaciones en divisas efectuadas por los prestadores de servicios turísticos de alojamiento, transporte y de agencias de viaje y turismo que operen turismo receptivo en el territorio de la República Bolivariana de Venezuela, de conformidad con lo previsto en el Decreto con Rango Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Turismo; así como los pagos de mercancías destinadas a la venta a pasajeros en los Almacenes Libres de Impuestos (Duty Free Shops).
Artículo 2. A los efectos del presente Convenio Cambiarlo, los términos que se señalan a continuación tendrán los significados siguientes:
a) Agencias de viajes y turismo: Personas jurídicas que se dedican a la organización, promoción, representación y comercialización de servicios turísticos dirigidos al turismo receptivo, que cumplan con los deberes formales establecidos en el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Turismo y la normativa aplicable en la materia.
Leer más: http://www.dinero.com.ve/din/destacados/operadores-tur-sticos-podr-n-mantener-el-40-por-ciento-de-las-divisas