
La Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT) aclaró que los servicios de plataformas digitales como Uber no cuentan con autorización para operar en los aeropuertos del país y en terminales como la de Cancún, a pesar de la suspensión definitiva otorgada por un juez federal.
La dependencia enfatizó que la suspensión solo regula que los operativos de la Guardia Nacional sean conformes a la ley, pero no implica permiso para que los choferes transporten pasajeros dentro de los aeropuertos.
En un comunicado, la SICT precisó que, aunque los conductores de Uber no pueden ser sancionados por la suspensión, la normativa indica que no pueden recoger pasajeros dentro de las terminales aéreas.
La secretaría reiteró que los usuarios deben continuar utilizando taxis autorizados, autobuses de pasajeros o servicios turísticos para trasladarse desde y hacia los aeropuertos, garantizando seguridad y orden en las terminales.
En días pasados, la jueza federal Blanca Alicia Ochoa Hernández, titular del Juzgado Decimotercero de Distrito en Materia Administrativa, concedió la suspensión definitiva al amparo 1202/2025 promovido por Uber. El amparo establece que la Guardia Nacional no puede detener a conductores de la plataforma por recoger o dejar pasajeros en aeropuertos del país, contrario a lo que ahora dice la SICT.
Por su parte, la Secretaría de Turismo de Quintana Roo (Sedetur) acogió la resolución de la juez federal con cautela, destacando que su prioridad es la seguridad y comodidad de los visitantes.
En días pasados, su titular, Bernardo Cueto Riestra, reiteró que se actuaría en coordinación con las autoridades federales, respetando el marco legal y asegurando que la movilidad en aeropuertos no se vea afectada.
Como lo informó REPORTUR.mx, ya se había puesto en duda el anuncio hecho por Uber de haber logrado la suspensión definitiva para evitar detenciones por parte de la Guardia Nacional en los aeropuertos de México. (QRoo: en duda el anuncio de Uber sobre poder operar en aeropuertos).
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